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Ordenanza 2706/2025 - Plan de Detalle Área Urbanizable Primera Sección
Ordenanza de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Colonia Caroya La Ordenanza 2706/2025 establece el Plan de Detalle para el Área Urbanizable Primera Sección, modificando zonificación y parámetros urbanísticos de la Ordenanza 1788/13 (y modificatorias).
Aquí encontrará el material de la Ordenanza 2706/2025 sistematizado, estructurado y con indexación, para una búsqueda, lectura y navegación más ágil y eficiente.
Consultas más frecuentes

Definiciones GeneralesDefinicionesGenerales

Plano Municipal de ProyectoPlano Municipalde Proyecto

Plano Municipal de RelevamientoPlano Municipalde Relevamiento

Zonas ConstructivasZonasConstructivas

Condiciones RequerimientosCondicionesRequerimientos

Autorización MunicipalAutorizaciónMunicipal
VISTO
La Ordenanza Nº 2361/2020 mediante la cual se sanciona el Plan General de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo del Radio Municipal de la Ciudad de Colonia Caroya.
Que el crecimiento de la ciudad ha superado las expectativas iníciales establecidas en la Ordenanza Nº 1788/2013 de Planeamiento Urbano de la ciudad de Colonia Caroya, y como consecuencia de ello es necesario la modificación de la misma a través de una nueva propuesta de áreas y su posterior regulación específica de cada una de ellas, con fundamento en los estudios elaborados por el Equipo de Usos del Suelo del Consejo de Planificación Estratégica Municipal.
Que dicha Ordenanza en su Artículo 2º establece “El Plan General de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo del Radio Municipal de la ciudad de Colonia Caroya configura el marco general que debe ser complementado con disposiciones particulares correspondientes a cada una de las áreas que lo conforman. Hasta tanto se sancionen estas últimas, las disposiciones de la presente Ordenanza prevalecen sobre normativas anteriores y es de aplicación la Ordenanza 1788/13 y sus modificatorias, según el cuadro de relaciones que se adjunta como Anexo III a la presente Ordenanza”.
Que los Artículos 3° y 4° define dentro de sus objetivos generales y particulares: “Orientar el desarrollo local al logro de una ciudad funcionalmente equilibrada, ambientalmente sostenible, socialmente equitativa y culturalmente identificada;” “Reorientar y corregir los procesos espontáneos y el manejo especulativo del suelo hacia modelos racionales y equilibrados, que garanticen resultados previsibles y sustentables”.
Y CONSIDERANDO
Que en particular define en el Artículo 7º.- Comprende el Área Urbanizable: “a) Área Urbanizable Primera Sección (1): Área de Urbanización Consolidada, sectores de urbanización continuos y compactos, de usos residenciales, comerciales, de servicios, administrativos, institucionales e industriales compatibles que definen el casco urbano consolidado del radio municipal de la ciudad de Colonia Caroya. Comprende sectores consolidados, sectores de muy baja densidad fundiaria, parcelas y polígonos dotados de servicios e infraestructura sin ocupar. Esta área requiere instrumentos normativos de renovación edilicia y densificación”.
Que en base a los aportes recibidos por parte del Consejo Consultivo de Planificación Estratégica, las instituciones, dependencias municipales y actores de la comunidad directamente involucrados en el tema, el área de Planificación Estratégica propone modificar la zonificación establecida en el artículo 239 y los parámetros urbanísticos definidos en el artículo 240 de la Ordenanza Nº1788/13 y modificatorias para las siguientes zonas:
- ZONA 1-CCI1: Centro Comercial-Institucional 1.-
- ZONA 2-CCI2: Centro Comercial-Institucional 2.-
- ZONA 4-ZE2: Zona Especial Casa de La Historia.-
- ZONA 5-C1: Comercial Av. San Martín.-
- ZONA 6-C2: Comercial Don Bosco y transversales a avenida
- ZONA 7-C3: Comercial Ruta Nº9.-
- ZONA 8-UM: Urbano Mixto.-
- ZONA 9-U1: Urbano Norte.-
- ZONA 10-U2: Urbano Sur.-
- ZONA 11-U3: Urbano Oeste.-
- ZONA 12-U4: Urbano Ampliación Norte.-
- ZONA 13-U5: Urbano Avenida San Martín.-Sector A
- ZONA 14-U6 Urbano Corredor Calle 40 y 48
- ZONA 15-U7: Urbano Calle Nº20 Norte.-
- ZONA 16-U8: Urbano Barrio Colcar.-
- ZONA 17-U9 Urbano IPV
- ZONA 17a-U10: Urbano Residencial.-
- ZONA 17b-U11: Urbano Residencial 2.-
- ZONA 18-RU: Resto de Radio Urbano
Su tratamiento y aprobación, por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 07 del 09 de abril de 2025.
POR TODO ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA